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Autodespido

Artículo 171 del Código del Trabajo

¿En qué consiste el autodespido?

El autodespido o despido indirecto por causa imputable al empleador, consagrado en el artículo 171 del Código del Trabajo, es aquel que faculta al trabajador para poner término a su contrato de trabajo, cuando es el empleador quien incurre en alguna causal de término de la relación laboral.

Para ello, deberá presentar una demanda contra el empleador, solicitando la declaración del autodespido junto con el pago de las indemnizaciones que establece la ley.

Revisa nuestra Calculadora de Indemnización Laboral, para conocer las indemnizaciones que te corresponden por autodespido.

¿Cuáles son las causales de autodespido o despido indirecto?

Conforme al artículo 171 del Código del Trabajo, las causales de autodespido son las siguientes:

1.- Artículo 160 N° 1, letra a) del Código del Trabajo - Falta de probidad en el desempeño de sus funciones.

2.- Artículo 160 N° 1, letra b) del Código del Trabajo - Conductas de acoso sexual.

3.- Artículo 160 N° 1, letra c) del Código del Trabajo - Vías de hecho ejercidas por el empleador en contra del trabajador.

4.- Artículo 160 N° 1, letra d) del Código del Trabajo - Injurias proferidas por el empleador al trabajador.

5.- Artículo 160 N° 1, letra e) del Código del Trabajo - Conducta inmoral del empleador.

6.- Artículo 160 N° 1, letra f) del Código del Trabajo - Conductas de acoso laboral.

7.- Artículo 160 N° 5 del Código del Trabajo - Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos.

8.- Artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo - Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.

¿Cuál es el plazo para interponer una demanda por autodespido?

La demanda deberá interponerse dentro del plazo de 60 días hábiles, contado desde la terminación del contrato de trabajo. Si el trabajador interpone un reclamo ante la Inspección del Trabajo, el plazo para interponer la demanda se suspenderá mientras dure dicho procedimiento. No obstante, una vez interpuesta la reclamación, el plazo para presentar la demanda no podrá exceder de los 90 días hábiles.

¿Qué debes hacer para autodespedirte?

Para proceder al autodespido, el trabajador deberá dar aviso por escrito al empleador, personalmente o por carta certificada, expresando la causal invocada y los hechos en que se funda.

Esta comunicación se entregará o deberá enviarse, dentro de los 3 días hábiles siguientes al de la separación del trabajador. Dentro del mismo plazo, se deberá enviar una copia del aviso a la Inspección del Trabajo respectiva.

Posteriormente, deberá presentar una demanda por autodespido ante el juzgado del trabajo competente para que éste ordene el pago de las indemnizaciones que establece la ley.

Revisa nuestra Calculadora de Indemnización Laboral, para conocer las indemnizaciones que te corresponden por autodespido.

¿Qué pasa si el tribunal no acoge la demanda por autodespido?

El Autodespido o despido indirecto suele ser un proceso delicado, dado que el trabajador debe acreditar los hechos señalados en la carta de autodespido.

Por ello, es importante asesorarse con un abogado especialista durante todas las etapas del procedimiento y especialmente durante el proceso de redacción de la carta de autodespido. Esta carta, en realidad, constituye el componente central del procedimiento, ya que una mala redacción podría resultar en la pérdida del juicio y limitarse únicamente a recibir el pago de las vacaciones, sin indemnización adicional.

Como consecuencia, si el tribunal rechaza la demanda por autodespido, se entenderá que el contrato ha terminado por renuncia del trabajador. Por ello, es importante que te asesores adecuadamente antes de tomar esta importante decisión.

Contacto

El trabajador es toda persona natural que preste servicios personales intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinación, y en virtud de un contrato de trabajo.