Derecho Laboral
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Felipe Soto: Abogado Laboral & Socio
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Despido Injustificado
Calcula el monto de tu demanda si fuiste despedido sin causa válida.

Autodespido
Estima cuánto podrías demandar antes de autodespedirte por incumplimiento del empleador.

Cálculo de Finiquito
Estima los montos de tu finiquito con remuneración fija o variable.
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CAUSAL DE DESPIDONecesidades de la empresa
Art. 161 inciso 1° del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOIncumplimiento grave
Art. 160 N° 7 del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDODespido verbal o sin causal
Art. 168 letra b) del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDODesahucio escrito
Art. 161 inciso 2° del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOFalta de probidad
Art. 160 N° 1, letra a) del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOConductas de acoso sexual
Art. 160 N° 1, letra b) del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOVías de hecho
Art. 160 N° 1, letra c) del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOInjurias
Art. 160 N° 1, letra d) del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOConducta inmoral
Art. 160 N° 1, letra e) del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOConductas de acoso laboral
Art. 160 N° 1, letra f) del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOAusencia injustificada
Art. 160 N° 3 del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDONegociaciones incompatibles
Art. 160 N° 2 del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOAbandono del trabajo
Art. 160 N° 4 del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOActos, omisiones o imprudencias temerarias
Art. 160 N° 5 del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOPerjuicio material
Art. 160 N° 6 del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOVencimiento del plazo
Art. 159 N° 4 del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOTérmino del trabajo o servicio
Art. 159 N° 5 del Código del Trabajo
CAUSAL DE DESPIDOCaso fortuito o fuerza mayor
Art. 159 N° 6 del Código del Trabajo
Código del Trabajo · Chile
El derecho laboral en Chile
El Código del Trabajo establece los derechos mínimos irrenunciables de todo trabajador que presta servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia. Sus normas protegen a quienes trabajan con o sin contrato, en el sector privado o incluso público, a tiempo completo o parcial.
Los derechos que más suelen generar disputas son las indemnizaciones y recargos legales en caso de despido, sueldos impagos, incumplimientos del contrato de trabajo, vulneración de derechos fundamentales del trabajador, no pago de cotizaciones previsionales, accidente de trabajo, entre otros. Cuando el empleador incumple, la ley otorga al trabajador herramientas concretas para exigir el pago de lo que en derecho le corresponde.
El plazo para actuar es corto: en la mayoría de los casos, tienes 60 días hábiles desde el término de la relación laboral para presentar una demanda en el Juzgado de Letras del Trabajo o tribunal competente. Si dejas transcurrir este plazo sin hacer nada, perderás la posibilidad de ejercer las acciones que la ley te faculta.
Preguntas frecuentes sobre derechos laborales
¿Cuánto tiempo tengo para demandar a mi empleador?
El plazo general es de 60 días hábiles desde el término de la relación laboral, contados de lunes a sábado excluyendo domingo y festivos. Si presentas un reclamo ante la Dirección del Trabajo, el plazo se suspende mientras dure ese proceso, pero en ningún caso puede superar los 90 días hábiles.
¿Puedo demandar si no tengo contrato escriturado?
Sí. La falta de contrato no te priva de ejercer tus derechos laborales. En un juicio laboral, la carga de la prueba recae sobre el empleador: es él quien debe demostrar que no existía relación laboral o que las condiciones eran distintas a las que alega el trabajador. La falta de contrato puede incluso ser causal de autodespido.
¿Me pueden despedir estando de licencia médica?
Depende. El trabajador no puede ser despedido por necesidades de la empresa (Art. 161) ni por desahucio escrito mientras esté con licencia médica por enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional. Si el empleador lo hace de todas formas, el despido será declarado injustificado. Para el resto de las causales, como las del artículo 160 (despido disciplinario), no existe impedimento legal. Lo anterior no implica que no puedas demandar por despido injustificado, ya que siempre se podrá discutir y controvertir los argumentos señalados en la carta de despido.
¿Qué pasa si firmo el finiquito sin reserva de derechos?
Firmar sin reserva significa aceptar que el empleador cumplió íntegramente sus obligaciones contractuales: en general, no podrás demandar por los conceptos que el finiquito declara pagados y cumplidos. Pero siempre puedes agregar una reserva al momento de firmar: esa reserva te permite recibir los montos que señala el finiquito y demandar aquellos conceptos que estimas que te deban pagar o indemnizar, incluso a pesar de haber firmado tu finiquito.
¿En qué consiste la tutela laboral?
La tutela laboral protege los derechos fundamentales del trabajador (no discriminación, integridad física y psíquica, indemnidad, entre otras) cuando son vulnerados por el empleador de forma arbitraria o sin respeto al contenido esencial del respectivo derecho. Así por ejemplo, si el empleador te despide como represalia por haber realizado un reclamo ante la Inspección del Trabajo, o recibiste un trato discriminatorio con motivo u ocasión del despido o que te llevó al autodespido, puedes obtener una indemnización adicional de entre 6 y 11 remuneraciones mensuales, además de las indemnizaciones por el despido o autodespido.
¿Cómo funciona la asesoría laboral con ustedes?
Nos contactamos por WhatsApp, nos describes tu situación y un abogado laboral evaluará tu caso sin costo. Si decides continuar, revisamos tus antecedentes laborales, te entregamos una propuesta formal de honorarios y si nos confirmas, firmamos el contrato entre las partes para luego acompañarte durante todo el proceso judicial.
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